A los representantes consulares de San Marino
A sus Sedes
Tengo el honor de informar a los ilustrísimos Señores que el Consejo Grande y General dispuso la adopción de la Ley 30 marzo 2012 n,35 “Disposiciones Extraordinarias sobre Naturalización”, que entrará en vigencia el 17 de abril del 2012. La misma ha abierto los términos (art.13) para reinscribir en los Registros de Ciudadanía a aquellos que no hayan dado la “declaración de querer mantener la ciudadanía sanmarinense dentro de los términos previstos por la Ley”
A los fines del presente articulo, la solicitud “deberá ser presentada personalmente a la Oficina del Registro Civil o a la Autoridad diplomática o consular hasta el 30 de septiembre del 2012”
A través de esta norma transitoria se intenta sanar todas aquellas situaciones que por percances de diferente naturaleza no han podido ver concluido el trámite burocrático en los tiempos previstos por las disposiciones en la materia.
Además de la Ley citada, adjunto los formularios correspondientes a utilizar; para eventuales aclaraciones y otras informaciones podrán contactar al Departamento de Asuntos Exteriores, en la persona del Concejal Stefano Stolfi (numero telefónico 0549/882210, dirección de correo electrónico: stefano.stolfi@esteri.sm).
A su vez solicito se informe de la posibilidad ofrecida por el mencionado art.13 a todos los conciudadanos residentes en la jurisdicción de competencia, y aprovecho la ocasión para renovar a todos ellos mis más altos sentimientos de estima.
El Secretario de Estado
A sus Sedes
Tengo el honor de informar a los ilustrísimos Señores que el Consejo Grande y General dispuso la adopción de la Ley 30 marzo 2012 n,35 “Disposiciones Extraordinarias sobre Naturalización”, que entrará en vigencia el 17 de abril del 2012. La misma ha abierto los términos (art.13) para reinscribir en los Registros de Ciudadanía a aquellos que no hayan dado la “declaración de querer mantener la ciudadanía sanmarinense dentro de los términos previstos por la Ley”
A los fines del presente articulo, la solicitud “deberá ser presentada personalmente a la Oficina del Registro Civil o a la Autoridad diplomática o consular hasta el 30 de septiembre del 2012”
A través de esta norma transitoria se intenta sanar todas aquellas situaciones que por percances de diferente naturaleza no han podido ver concluido el trámite burocrático en los tiempos previstos por las disposiciones en la materia.
Además de la Ley citada, adjunto los formularios correspondientes a utilizar; para eventuales aclaraciones y otras informaciones podrán contactar al Departamento de Asuntos Exteriores, en la persona del Concejal Stefano Stolfi (numero telefónico 0549/882210, dirección de correo electrónico: stefano.stolfi@esteri.sm).
A su vez solicito se informe de la posibilidad ofrecida por el mencionado art.13 a todos los conciudadanos residentes en la jurisdicción de competencia, y aprovecho la ocasión para renovar a todos ellos mis más altos sentimientos de estima.
El Secretario de Estado
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